Cuando contratamos el servicio de limpieza de nuestras oficinas o de nuestra Comunidad de Propietarios con una empresa de limpieza en Madrid, normalmente no prestamos demasiada atención a las condiciones para extinguir el servicio.
Es importante revisar concienzudamente las cláusulas del contrato que nos presenta la empresa del servicio, ya que de ellas también va a depender la fiabilidad de la empresa con la que estamos contratando este servicio.
¿Qué cláusulas son razonables y cuáles no?
Duración del contrato
Muchas empresas de limpieza establecen períodos de duración anuales en sus contratos. Esto implica que, en caso de que el cliente desee extinguir el contrato, debe esperar a que se cumpla el período del año correspondiente, aunque no esté satisfecho con el servicio prestado, lo cual carece de justificación. Y normalmente a esto, añaden períodos de preaviso poco razonables, como veremos más adelante.
Es recomendable contratar con empresas de limpieza que no establezcan un período concreto de duración del contrato, y que en consecuencia, permiten que el contrato se extinga cuando el cliente lo desee, con la única condición de respetar un preaviso razonable.
Plazos de preaviso
Es razonable que nuestra empresa de limpieza haga constar en el contrato un período de preaviso para extinguir el contrato. Si el cliente ya no quiere continuar colaborando con una empresa, tiene sentido que no se le pueda comunicar a la empresa de limpieza de un día para otro, sino que esta disponga de un plazo razonable para tareas tales como organizar la recogida de los productos y materiales de limpieza, preparar la documentación de sus empleados para una posible subrogación, o en su caso, organizar la reubicación de los mismos.
Se suele prever que, en caso de que el cliente no respete el plazo de preaviso fijado en el contrato, tendrá que abonar la parte del preaviso incumplido, lo cual también entra dentro de lo razonable.
Sobre cuál es el periodo de preaviso razonable, este nunca debería ser superior a un mes. No son pocas las empresas de limpieza (algunas de ellas muy conocidas) que establecen periodos de preaviso muy superiores (de hasta 3 y 6 meses, en algunos casos). Estos preavisos son abusivos, ya que el cliente que desea extinguir el contrato de limpieza, se encuentra con que debe esperar varios meses, a pesar de su descontento.
Por lo tanto, conviene contratar con empresas de limpieza que estipulan períodos de preaviso de duración no superior a un mes.
Tanto la duración del contrato como el plazo de preaviso son indicadores de la fiabilidad de la empresa de limpieza. Normalmente, aquellas empresas que permiten extinguir el contrato en cualquier momento y con preavisos no superiores al mes, son empresas que no necesitan retener al cliente, ya que, por su forma profesional de trabajar, saben que los clientes no se van a ver en la necesidad de extinguir el contrato de limpieza. Se trata de empresas enfocadas al cliente, que garantizan un servicio satisfactorio.